El sector cinematográfico y audiovisual andaluz está de enhorabuena, pero el reloj ya ha empezado a correr. La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales ha hecho oficial la publicación de la convocatoria número 916639, fechada el 1 de julio de 2026. Esta convocatoria regula la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la producción de largometrajes, documentales y otras obras audiovisuales en Andalucía, específicamente bajo la denominada Línea 2.
Si eres productor independiente, tienes una empresa audiovisual con sede en Andalucía o estás preparando un proyecto cinematográfico con un fuerte arraigo en esta comunidad autónoma, esta guía es el recurso definitivo que necesitas. A continuación, desglosamos de forma exhaustiva, clara y con rigor técnico cada uno de los detalles de esta ayuda pública: requisitos de acceso, cuantías, gastos subvencionables, criterios de valoración y el proceso paso a paso para presentar una solicitud impecable que maximice tus opciones de éxito.
📑 Índice de contenidos
- ¿Qué es la Línea 2 de las Ayudas a la Producción Audiovisual de Andalucía?
- ¿Quiénes pueden beneficiarse de estas subvenciones?
- Requisitos obligatorios para poder optar a la ayuda
- Cuantía de las ayudas y límites de intensidad
- ¿Qué gastos se consideran subvencionables?
- Cómo solicitar la ayuda paso a paso
- Criterios de valoración: ¿Cómo se puntúan los proyectos?
- Plazos de presentación y resolución
¿Qué es la Línea 2 de las Ayudas a la Producción Audiovisual de Andalucía?
La Línea 2 de estas ayudas públicas tiene como objeto primordial el fomento de la actividad cinematográfica y audiovisual en el territorio andaluz a través del apoyo financiero directo a la producción de obras de larga duración. A diferencia de otras líneas destinadas al desarrollo de proyectos (fase de escritura y diseño) o a la creación de cortometrajes, la Línea 2 se enfoca exclusivamente en la fase de producción (rodaje y postproducción) de las siguientes tipologías de obras:
- Largometrajes de ficción: Obras cinematográficas destinadas a su explotación comercial en salas de cine, con una duración mínima de 60 minutos.
- Largometrajes documentales: Obras que aborden aspectos de la realidad con un tratamiento creativo o de investigación, con una duración mínima de 50 minutos.
- Obras audiovisuales de otras tipologías: Proyectos de animación, películas para televisión (TV movies) o formatos específicos de alto valor artístico y cultural que cumplan con los estándares establecidos en las bases reguladoras.
El fin último de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales es consolidar el tejido industrial audiovisual de la región, promover el empleo cultural cualificado, fomentar la diversidad cultural y proyectar la marca "Andalucía" tanto a nivel nacional como internacional.
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👉 Entrar al Simulador Gratuito¿Quiénes pueden beneficiarse de estas subvenciones?
Esta convocatoria está dirigida de forma estricta a las empresas productoras de carácter independiente. Para ostentar esta condición, se debe cumplir con lo estipulado en la Ley del Cine de España, garantizando que la empresa no está controlada de forma directa o indirecta por un operador de servicios de comunicación audiovisual (como cadenas de televisión) o plataformas de streaming.
Los beneficiarios pueden ser tanto personas físicas (autónomos del sector audiovisual) como personas jurídicas (S.L., S.A., cooperativas) que cumplan con los siguientes perfiles:
- Productoras independientes andaluzas: Aquellas que tengan su domicilio fiscal, social o un establecimiento permanente operativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Coproducciones: Proyectos realizados en régimen de coproducción entre varias empresas productoras. En este caso, la empresa que solicite la ayuda en Andalucía deberá acreditar su porcentaje de participación real en la producción, el cual suele requerir un mínimo (generalmente el 10% o 20% según el tipo de coproducción) para ser elegible.
- Agrupaciones de Interés Económico (AIE): Constituidas específicamente para la producción de la obra audiovisual en cuestión, siempre que cumplan con los requisitos de independencia y vinculación territorial.
Requisitos obligatorios para poder optar a la ayuda
Para que tu proyecto no sea descartado en la primera fase de revisión administrativa, es obligatorio cumplir de manera estricta con una serie de requisitos de elegibilidad. Estos requisitos abarcan tanto aspectos de la propia empresa solicitante como del proyecto audiovisual presentado:
1. Requisitos de la empresa productora
- Estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en el epígrafe correspondiente a la producción audiovisual (Epígrafe 961.1 o similar).
- Estar inscrita en el Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales de Andalucía o, en su defecto, en el registro estatal equivalente (ICAA).
- Estar al corriente de pago en sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, con la Hacienda de la Junta de Andalucía y frente a la Seguridad Social.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Requisitos del proyecto audiovisual
- Carácter cultural: El proyecto debe superar de forma obligatoria el "Test de Cultura" establecido por la normativa de la Unión Europea y el ICAA. Esto implica que debe estar rodado en castellano o lenguas cooficiales, tener una temática vinculada a la cultura, historia, literatura o realidad social española/andaluza, o contar con un equipo técnico y artístico mayoritariamente local.
- Gasto territorializado: Uno de los requisitos más importantes de esta ayuda es el compromiso de gasto en Andalucía. Un porcentaje muy significativo del presupuesto total subvencionable (habitualmente entre el 100% y el 150% de la ayuda concedida) debe gastarse de forma directa en empresas y profesionales con domicilio fiscal en Andalucía.
- Financiación mínima garantizada: Al momento de la solicitud, el productor debe demostrar que cuenta con una parte de la financiación del proyecto ya asegurada (a través de recursos propios, preventas de derechos de emisión, contratos de distribución, coproductores confirmados u otras ayudas públicas ya concedidas). El porcentaje mínimo de financiación garantizada suele situarse en torno al 20% o 30% del presupuesto total de la obra.
- Planes de rodaje y calendario: El rodaje no debe haber concluido antes de la presentación de la solicitud de la ayuda. Se debe aportar un calendario de producción realista que determine las fases de preproducción, rodaje, postproducción y entrega de la copia estándar.
Cuantía de las ayudas y límites de intensidad
La cuantía de la subvención que se puede conceder a cada proyecto está sujeta a límites estrictos determinados por el presupuesto del proyecto y las normativas europeas sobre ayudas de Estado al sector audiovisual:
- Porcentaje máximo de ayuda (Intensidad): Como regla general, la suma de todas las ayudas públicas concedidas al proyecto (estatales, autonómicas, locales o europeas) no podrá superar el 50% del presupuesto total de producción. Este límite puede incrementarse hasta el 60% en el caso de coproducciones transfronterizas financiadas por más de un Estado miembro de la Unión Europea, o incluso hasta el 80% o de forma total en el caso de "obras difíciles" (como documentales, cortometrajes, obras de directores noveles, producciones con un presupuesto muy bajo o proyectos de animación con especiales dificultades de financiación).
- Límite absoluto por proyecto: La convocatoria de la Junta de Andalucía suele fijar un tope máximo de subvención por proyecto dentro de la Línea 2, el cual varía si se trata de un largometraje de ficción (cuantías sustancialmente mayores) o de un documental de creación.
¿Qué gastos se consideran subvencionables?
No todos los gastos en los que incurre una productora durante la creación de una película pueden ser financiados con dinero público. La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales establece una lista clara de gastos elegibles:
- Personal técnico y artístico: Salarios y cargas sociales (Seguridad Social a cargo de la empresa) del equipo técnico, de producción, de dirección y del elenco de actores y actrices.
- Derechos de autor y adquisición de propiedad intelectual: Adquisición de los derechos del guion, de la obra literaria preexistente, de la música original o de catálogo, etc.
- Equipos y material de rodaje: Alquiler de cámaras, equipos de iluminación, sonido, maquinaria de rodaje (grúas, travellings), así como la construcción de decorados, alquiler de localizaciones y gastos de dirección de arte.
- Postproducción de imagen y sonido: Montaje, efectos visuales (VFX), etalonaje, mezclas de sonido, doblaje, subtitulado y creación de las copias maestras (DCP).
- Seguros y servicios profesionales: Seguros de buen fin, de rodaje, de responsabilidad civil, así como los costes de auditoría externa (obligatoria para la posterior justificación de la subvención).
- Gastos generales de estructura: Gastos de oficina de la productora directamente imputables al proyecto, limitados habitualmente a un porcentaje máximo del presupuesto (por ejemplo, el 5% o 7%).
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👉 Entrar al Simulador GratuitoCómo solicitar la ayuda paso a paso
El proceso de solicitud es 100% telemático y requiere una preparación minuciosa. Sigue estos pasos para evitar errores comunes en la tramitación:
Paso 1: Obtención del Certificado Digital
La presentación debe realizarse de forma obligatoria a través de la oficina virtual de la Junta de Andalucía. Para ello, el representante legal de la empresa productora debe disponer de un Certificado Digital de Representante de Persona Jurídica activo y compatible con la plataforma @firma.
Paso 2: Descarga y cumplimentación de los formularios oficiales
Accede al portal oficial de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. Deberás descargar y rellenar con precisión el Anexo I (Solicitud de participación) y los documentos anexos que detallan la memoria del proyecto, el plan de financiación y el desglose presupuestario.
Paso 3: Preparación de la documentación complementaria
Prepara todos los archivos requeridos en formato PDF. Asegúrate de que los contratos de cesión de derechos, los precontratos del equipo y las cartas de compromiso financiero estén debidamente firmados por todas las partes implicadas.
Paso 4: Presentación telemática y firma
Sube toda la documentación a la plataforma de tramitación electrónica de la Junta de Andalucía. Una vez subidos todos los archivos, procede a la firma digital de la solicitud y asegúrate de descargar y guardar a buen recaudo el recibo de presentación con el sello de registro electrónico, donde constará la fecha y hora exactas de entrada.
Criterios de valoración: ¿Cómo se puntúan los proyectos?
Al tratarse de una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, un comité de expertos independientes evaluará cada proyecto de acuerdo con un baremo de puntos preestablecido. Los criterios clave que decidirán si tu proyecto recibe financiación son los siguientes:
- Calidad artística y viabilidad del guion: Originalidad de la propuesta, estructura dramática, solidez de los diálogos y relevancia cultural del tema tratado (hasta un 30% de la puntuación total).
- Solvencia del plan de financiación: Nivel de firmeza de los compromisos de financiación aportados, realismo del presupuesto en relación con las necesidades de producción y coherencia del plan de explotación comercial (hasta un 25% de la puntuación total).
- Trayectoria de la productora y del equipo técnico/artístico: Historial de producciones previas de la empresa solicitante, premios obtenidos, éxito comercial de trabajos anteriores del director/a, del guionista y del equipo técnico principal (hasta un 20% de la puntuación total).
- Vinculación con la realidad cultural andaluza: Porcentaje de rodaje realizado en localizaciones andaluzas, contratación de personal técnico y artístico residente en Andalucía, y aportación del proyecto al patrimonio cultural de la región (hasta un 15% de la puntuación total).
- Políticas de igualdad y sostenibilidad: Presencia de mujeres en puestos de máxima responsabilidad (dirección, guion, producción ejecutiva, dirección de fotografía) y la implementación de un plan de sostenibilidad ambiental ("Green Shooting") para reducir la huella de carbono del rodaje (hasta un 10% de la puntuación total).
Plazos de presentación y resolución
El plazo de presentación de solicitudes se abre al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y suele tener una duración de 15 a 20 días hábiles. Dado que la convocatoria se publicó el 1 de julio de 2026, es fundamental consultar de inmediato el BOJA para confirmar la fecha de cierre exacta y no dejar la presentación para las últimas horas, ya que la saturación de los servidores públicos es un riesgo real.
Una vez cerrado el plazo de presentación, la administración dispone de un plazo máximo de seis meses para publicar la resolución provisional de beneficiarios, abrir el periodo de alegaciones y, finalmente, publicar la resolución definitiva.