Guía de Subvenciones para Proyectos de Apoyo a Víctimas de Trata y Explotación Sexual (Orden IGD/392/2026)

📅 27/06/2026⏱️ Lectura: 9 min
📑 Índice de contenidos

🏠 Introducción a las subvenciones del Ministerio de Igualdad para víctimas de trata

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Orden IGD/392/2026, de 20 de abril, por la que se modifica sustancialmente la Orden IGD/183/2024, de 28 de febrero. Esta normativa define las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a financiar proyectos de apoyo integral a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, así como a sus hijos e hijas menores de edad o con discapacidad.

Como expertos en el análisis de ayudas públicas de TodoAyudas.es, entendemos que la complejidad administrativa de estas convocatorias puede ser un obstáculo para las entidades del tercer sector. Por ello, hemos redactado esta guía definitiva y exhaustiva, analizando al detalle los requisitos, las novedades de la reforma de 2026, los gastos subvencionables y el proceso paso a paso para garantizar el éxito en la solicitud.

💡 Consejo Experto: La modificación introducida en 2026 flexibiliza algunos criterios de justificación de gastos y refuerza la financiación de la atención psicológica continuada. Presta especial atención a la nueva ponderación de los criterios de valoración para asegurar la máxima puntuación de tu proyecto.

❓ ¿Qué es la Orden IGD/392/2026 y qué cambios introduce?

La Orden IGD/392/2026 no es una norma aislada, sino una modificación técnica de la Orden IGD/183/2024. Su objetivo principal es optimizar la gestión de los fondos públicos asignados a la protección de las víctimas de trata y explotación sexual en España, adaptando los procedimientos de concesión a las necesidades reales de las entidades asistenciales y agilizando el pago de las ayudas.

Entre los cambios más significativos introducidos por esta reforma destacan:

  • Simplificación de la justificación económica: Se reducen las cargas administrativas para las entidades beneficiarias, permitiendo métodos de simplificación de costes en partidas específicas.
  • Ampliación del concepto de vulnerabilidad: Se detallan con mayor precisión los mecanismos de acreditación de la condición de víctima de trata y explotación sexual, facilitando el acceso al recurso sin necesidad de una denuncia judicial previa.
  • Flexibilidad presupuestaria: Se permite una mayor compensación económica entre las partidas de personal y las de gastos corrientes del proyecto, adaptándose a imprevistos durante la ejecución.

👥 ¿Quiénes son los beneficiarios de estas subvenciones?

Para comprender correctamente el funcionamiento de esta convocatoria estatal, es fundamental distinguir entre las entidades solicitantes (quienes reciben el dinero y ejecutan los proyectos) y los destinatarios finales de la intervención social.

1. Entidades solicitantes (Beneficiarios directos)

Podrán concurrir a estas subvenciones las entidades que cumplan rigurosamente con los siguientes requisitos estructurales:

  • Ser entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, ONGs) legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
  • Tener entre sus fines estatutarios la promoción de la igualdad de género, la prevención de la violencia machista o la asistencia a víctimas de trata y explotación sexual.
  • Disponer de la estructura y capacidad operativa suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos del proyecto presentado.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

2. Destinatarios finales de los proyectos

Los proyectos subvencionados deben ir dirigidos exclusivamente a:

  • Mujeres y niñas que sean víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual o que se encuentren en contextos de prostitución y explotación.
  • Hijos e hijas menores de edad de las mujeres víctimas, que se encuentren bajo su patria potestad o guarda y custodia.
  • Hijos e hijas mayores de edad con discapacidad que convivan con la víctima y dependan económicamente de ella.

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📋 Requisitos obligatorios para las entidades solicitantes

Para que la solicitud de subvención sea admitida a trámite por el Ministerio de Igualdad, la entidad solicitante debe acreditar documentalmente el cumplimiento de una serie de requisitos de solvencia y trayectoria profesional:

  • Trayectoria previa: Demostrar experiencia mínima acreditada en la atención social, jurídica o psicológica a mujeres víctimas de violencia de género o explotación sexual.
  • Transparencia: Cumplir con las obligaciones de transparencia establecidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Ausencia de sanciones: No haber sido sancionada penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • Plan de Igualdad: Disponer de un Plan de Igualdad vigente, en los casos en que la legislación laboral lo exija según el número de trabajadores de la plantilla de la entidad.

🛠️ Tipos de proyectos y actividades subvencionables

La Orden IGD/392/2026 establece una serie de líneas prioritarias de intervención. Los proyectos presentados deben encuadrarse de forma clara en alguna de las siguientes tipologías:

A. Proyectos de acogida y alojamiento seguro

Están destinados a la financiación de recursos residenciales temporales (pisos tutelados, casas de acogida o centros de emergencia) que garanticen la seguridad física y el sustento básico de las víctimas y de sus hijos menores a cargo.

B. Proyectos de atención integral y multidisciplinar

Comprenden actividades esenciales para la recuperación de las víctimas, incluyendo:

  • Atención psicológica: Terapias individuales y grupales orientadas a la superación del trauma derivado de la explotación.
  • Asesoramiento jurídico: Acompañamiento legal durante el proceso de denuncia, regularización administrativa de su situación en España y defensa penal.
  • Asistencia social y mediación cultural: Traducción, acompañamiento a recursos sanitarios y educativos, y apoyo en la tramitación de prestaciones sociales básicas.

C. Proyectos de inserción sociolaboral

Orientados a fomentar la autonomía económica de las mujeres mediante itinerarios personalizados de inserción, cursos de formación profesional, talleres de búsqueda activa de empleo y fomento de habilidades sociolaborales.

💡 Consejo Experto: Los proyectos que integren de manera transversal la perspectiva de infancia y ofrezcan servicios específicos de apoyo psicológico para los menores expuestos a la violencia obtienen una puntuación significativamente mayor en el baremo de adjudicación.

💰 Gastos subvencionables: ¿En qué se puede emplear el presupuesto?

Únicamente se considerarán subvencionables aquellos gastos que respondan de manera indudable a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen dentro del plazo establecido por la correspondiente convocatoria anual.

1. Gastos de personal

Incluye las retribuciones del personal contratado específicamente para el desarrollo del proyecto (psicólogos, trabajadores sociales, abogados, educadores, etc.), incluyendo el salario bruto y las cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social a cargo de la entidad.

2. Gastos de funcionamiento y actividades

Se encuadran en este apartado los costes de alquiler de los locales donde se desarrolla el proyecto, suministros (agua, luz, gas, internet), materiales didácticos, transporte de las personas usuarias, ayudas económicas directas de emergencia para las víctimas y gastos de difusión del proyecto.

3. Gastos indirectos

Se consideran gastos indirectos aquellos que, sin estar vinculados directamente a la ejecución del proyecto, son necesarios para el funcionamiento estructural de la entidad beneficiaria. La Orden establece un límite máximo porcentual (habitualmente en torno al 8% o 10% del presupuesto total aprobado) para la imputación de estos costes indirectos sin necesidad de justificación detallada factura por factura.

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📝 Cómo solicitar la ayuda paso a paso

El procedimiento de solicitud es completamente telemático y requiere un riguroso orden en la preparación de la documentación para evitar requerimientos de subsanación que retrasen el proceso.

Paso 1: Acceso a la Sede Electrónica

La solicitud debe presentarse obligatoriamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Igualdad. Para ello, es indispensable que el representante legal de la entidad cuente con un certificado digital válido y activo de persona jurídica.

Paso 2: Cumplimentación de los formularios oficiales

Se deberán rellenar los formularios web correspondientes a los datos de identificación de la entidad, la declaración responsable de cumplimiento de requisitos y el presupuesto desglosado del proyecto.

Paso 3: Redacción y carga de la Memoria Técnica

Este es el documento más crítico. La memoria del proyecto debe detallar:

  • Justificación y diagnóstico de la necesidad social detectada.
  • Objetivos generales y específicos bien definidos.
  • Metodología de intervención y cronograma detallado de actividades.
  • Indicadores de evaluación del impacto y resultados esperados.
  • Presupuesto desglosado y coherente con las actividades planteadas.

Paso 4: Adjuntar documentación complementaria

Se debe subir a la plataforma la tarjeta de identificación fiscal de la entidad, los estatutos vigentes, la acreditación de la representación legal, las certificaciones positivas de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social, y los currículums del equipo de profesionales asignado al proyecto.

⚖️ Criterios de valoración para la concesión de la ayuda

Las solicitudes se evalúan mediante un régimen de concurrencia competitiva. La comisión de evaluación del Ministerio de Igualdad asignará una puntuación a cada proyecto basada en los siguientes criterios objetivos:

  • Calidad técnica del proyecto (hasta 45 puntos): Coherencia interna de la propuesta, adecuación del presupuesto a las actividades, definición clara de indicadores de evaluación y viabilidad técnica de la intervención.
  • Trayectoria y especialización de la entidad (hasta 30 puntos): Años de experiencia en la atención especializada a víctimas de trata, implantación territorial de la entidad y calidad de su estructura interna de gestión.
  • Perspectiva de género e interseccionalidad (hasta 15 puntos): Incorporación de enfoques metodológicos que contemplen las diversas realidades de las víctimas (origen, idioma, discapacidad, etc.).
  • Coordinación con recursos públicos (hasta 10 puntos): Protocolos formales de colaboración firmados con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, servicios sociales de las Comunidades Autónomas o la Fiscalía de Extranjería.